Directiva (UE) 2023/970 · Matriz de cumplimiento

La Directiva (UE) sobre transparencia retributiva,
Artículo por artículo.

La Directiva (UE) 2023/970 impone 34 artículos de obligación a los Estados miembros y a los empleadores. Esta página recorre cada artículo que crea una obligación operativa para los empleadores y expone con precisión qué entrega Vareqa, qué habilita y dónde el empleador debe actuar todavía al margen de la plataforma. Diseñada para la revisión del asesor jurídico y la diligencia debida en procesos de adquisición mid-market.

Directiva
2023/970
Adoptada el 10 de mayo de 2023
Plazo de transposición
7 de junio de 2026
Los 27 Estados miembros
Primer ciclo de reporting
7 de junio de 2027
Empleadores de 150 o más trabajadores
Carga de la prueba
Invertida
Para incumplimientos de transparencia
Cómo leer esta matriz
Tres categorías de cobertura. Sin ambigüedad.
No todos los artículos de la Directiva constituyen una obligación operativa que Vareqa pueda o deba cumplir. Algunos describen procedimientos nacionales de aplicación. Otros rigen el proceso legal. Otros establecen definiciones en lugar de deberes. Esta matriz clasifica cada obligación dirigida a los empleadores en una de tres categorías y le indica con claridad cuál es aplicable.
Vareqa cumple
Obligaciones operativas que Vareqa cumple directamente.
La plataforma produce el resultado listo para el regulador. Donde aparece este distintivo, la tarea principal del empleador es revisar, aprobar y publicar. Artículos 4, 5, 6, 7, 9 y 10.
Vareqa habilita
Vareqa aporta la prueba; el empleador ejerce la defensa.
La plataforma genera la pista de auditoría, la documentación metodológica y la justificación de las decisiones que constituyen la postura defensiva del empleador, pero este debe contratar a un asesor jurídico para el procedimiento concreto. Artículos 18, 20, 22 y 23.
Fuera del alcance
Fuera del perímetro de software de Vareqa.
La obligación recae en el Estado miembro, el asesor jurídico del empleador o la política interna de RR. HH., no en una plataforma de software. Artículos 1 a 3 (ámbito y definiciones), 11 a 17 (procedimiento de aplicación), 24 y siguientes (transposición). Se incluyen a efectos de exhaustividad.
Una nota sobre precisión
La Directiva se cita con mayor frecuencia en comunicaciones comerciales mediante referencias simples a artículos («artículo 4», «artículo 9»). El texto de la propia Directiva está subestructurado: el artículo 4 tiene cuatro apartados y el artículo 9 tiene diez. Cuando un apartado concreto crea la obligación específica, lo citamos directamente (por ejemplo, el artículo 4, apartado 4, para los criterios de valoración; el artículo 9, apartado 1, letras a) a g), para los siete indicadores de reporting). Este nivel de precisión es lo que un asesor jurídico espera en una revisión de cumplimiento y lo que la metodología de Vareqa está diseñada para ofrecer.
Capítulo I
Disposiciones generales
Ámbito de aplicación, definiciones y la obligación fundamental de mantener estructuras retributivas que permitan la comparación de la igualdad retributiva.
Art. 1
Objeto
Objeto de la Directiva
Establece el objeto de la Directiva: reforzar la igualdad retributiva por un mismo trabajo o por un trabajo de igual valor mediante la transparencia retributiva y unos mecanismos de aplicación reforzados.No crea ninguna obligación directa para el empleador.
Fuera del alcance
Qué dice el artículo

El artículo 1 establece los requisitos mínimos de la Directiva para reforzar el principio de igualdad retributiva consagrado en el artículo 157 del TFUE y la prohibición de discriminación recogida en la Directiva 2006/54/CE, en particular mediante la transparencia retributiva y mecanismos de aplicación reforzados.

Qué significa esto para los empleadores

Se trata de un artículo de encuadre sin ningún deber operativo. Establece la base jurídica y el alcance interpretativo de la Directiva. Los empleadores se ven afectados a través de los artículos posteriores que traducen el principio en obligaciones concretas.

Art. 2
Ámbito de aplicación
A quién se aplica la Directiva
Se aplica atodos los empleadores de los sectores público y privado y a todos los trabajadores con contrato de trabajo, incluidos trabajadores a tiempo parcial, de duración determinada, de empresas de trabajo temporal y directivos. En el caso del artículo 5 (transparencia retributiva antes del empleo), también se aplica a los candidatos.
Fuera del alcance
Qué dice el artículo

La Directiva se aplica a los empleadores tanto del sector público como del privado, y a todos los trabajadores con contrato o relación laboral según la definición de la legislación, los convenios colectivos o la práctica de cada Estado miembro. El considerando 18 confirma que incluye a trabajadores a tiempo parcial, de duración determinada, de empresas de trabajo temporal, directivos, trabajadores domésticos, trabajadores de plataformas digitales, personas en período de formación y aprendices. El artículo 5 también se aplica a los candidatos.

Qué significa esto para los empleadores

Se trata de un artículo de delimitación del ámbito, no de una obligación operativa. La cuestión práctica, si un trabajador o contratista concreto queda dentro del ámbito en una jurisdicción determinada, es una determinación jurídica que depende del derecho nacional y la jurisprudencia. Los empleadores con plantillas mixtas (contratistas, personal de ETT, trabajadores de plataformas) deben confirmar el ámbito con su asesor jurídico antes de evaluar las obligaciones derivadas de la Directiva.

Art. 3
Definiciones
Definiciones de retribución, brecha salarial y categoría de trabajadores
Establece el vocabulario de la Directiva. Defineretribución (incluidos los componentes variables),nivel retributivo (bruto anual y por hora),brecha salarial de género, nivel retributivo mediano, cuartil de retribución, trabajo de igual valor, ycategoría de trabajadores.
Fuera del alcance
Qué dice el artículo

El artículo 3 define trece términos fundamentales. Las definiciones que importan desde el punto de vista operativo son las siguientes:

  • Retribución incluye sueldos, salarios y cualquier otra contraprestación en efectivo o en especie (primas, horas extraordinarias, vivienda, desplazamiento, pensiones).
  • Categoría de trabajadores son los trabajadores agrupados de forma no arbitraria conforme a los criterios neutros en cuanto al género del artículo 4, apartado 4.
  • Trabajo de igual valor es el trabajo que se determina equivalente con arreglo a esos mismos criterios.
  • Brecha salarial de género mediana es la diferencia entre los niveles retributivos medianos de hombres y mujeres.
Por qué esto importa en la práctica

Estas definiciones son el punto de referencia para todas las obligaciones posteriores. Los indicadores de reporting del artículo 9, el umbral de activación de la evaluación conjunta del artículo 10 y la respuesta al derecho de información del artículo 7 dependen todos de cómo se definan «categoría de trabajadores» y «retribución». Un empleador que utilice una metodología de agrupación que no sea conforme con el artículo 3 queda expuesto en cada etapa.

Los grados REF™ producidos por Vareqa están diseñados para satisfacer directamente la definición de «categoría de trabajadores» del artículo 3, letra h): no arbitraria, agrupada por los criterios neutros en cuanto al género del artículo 4, apartado 4.

Art. 4
Igual valor
Mismo trabajo y trabajo de igual valor
Los empleadores deben contar conestructuras retributivas que permitan la comparación del valor del trabajo sobre la base decriterios objetivos y neutros en cuanto al género: competencias, esfuerzo, responsabilidad y condiciones de trabajo. Las competencias interpersonales pertinentes no deben infravalorarse.
Vareqa cumple
Qué dice el artículo

Artículo 4, apartado 1: los empleadores deben contar con estructuras retributivas que garanticen la igualdad retributiva por un mismo trabajo o por un trabajo de igual valor.

Artículo 4, apartado 2: los Estados miembros deben poner a disposición herramientas analíticas y metodologías que apoyen la valoración de puestos neutra en cuanto al género.

Artículo 4, apartado 4: las estructuras retributivas deben permitir evaluar si los trabajadores se encuentran en una situación comparable. Los criterios no deben basarse en el sexo y deben incluircompetencias, esfuerzo, responsabilidad y condiciones de trabajo. Las competencias interpersonales pertinentes no deben infravalorarse.

Cómo cumple Vareqa este requisito

REF™ es una metodología de ocho factores diseñada para satisfacer el artículo 4, apartado 4. Los cuatro criterios obligatorios están presentes directamente:

  • Competencias: F-02 Profundidad de conocimiento y F-07 Exigencia de innovación.
  • Esfuerzo: F-03 Complejidad del problema.
  • Responsabilidad: F-01 Impacto organizativo, F-04 Autonomía en la toma de decisiones, F-05 Liderazgo de personas.
  • Condiciones de trabajo: F-08 Entorno de trabajo.

F-06 Influencia y comunicación es el «otro factor pertinente para el puesto» que el artículo 4, apartado 4, permite expresamente. Cada factor cuenta con una justificación documentada de su neutralidad de género.

Metodología REF™ Evaluador de puestos Comparar puestos
Trabajo residual del empleador

El artículo 4, apartado 4, exige que los criterios seanacordados con los representantes de los trabajadores cuando existan dichos representantes. Vareqa produce la documentación metodológica y la justificación factor por factor, pero la consulta con los comités de empresa o los representantes sindicales es un proceso del empleador que debe documentar RR. HH. Cuando no existan representantes, este requisito no es de aplicación.

Capítulo II · Artículos 5 a 10
Transparencia retributiva
El núcleo operativo de la Directiva. Seis artículos que crean obligaciones concretas antes de la contratación, durante el empleo, en el reporting anual y al activarse el umbral de evaluación conjunta.
Art. 5
Antes del empleo
Transparencia retributiva antes del empleo
Los candidatos tienen derecho a recibir laretribución inicial o la horquilla retributiva del puesto, por escrito,antes de la entrevista. Los empleadoresno pueden preguntar sobre el historial retributivo. Las denominaciones de puesto y los anuncios de vacante deben ser neutros en cuanto al género.
Vareqa cumple
Qué dice el artículo

Artículo 5, apartado 1, letra a): los candidatos deben recibir la retribución inicial o la horquilla, basada en criterios objetivos y neutros en cuanto al género, en el anuncio de la vacante o antes de la entrevista.

Artículo 5, apartado 1, letra b): cuando proceda, las disposiciones pertinentes de cualquier convenio colectivo.

Artículo 5, apartado 2: está prohibido preguntar sobre el historial retributivo.

Artículo 5, apartado 3: los anuncios de empleo y las denominaciones de puesto deben ser neutros en cuanto al género.

Cómo cumple Vareqa este requisito

El Pay Band Builder construye una horquilla salarial defendible para cada grado REF™ de la organización. El Salary Range Publisher genera texto conforme al artículo 5 para las ofertas de empleo, vinculado al grado del puesto, con la justificación de neutralidad de género trazable hasta las puntuaciones de los factores subyacentes.

El Job Description Writer produce anuncios de vacante y denominaciones de puesto neutros en cuanto al género por diseño, con indicadores de detección de sesgos y sugerencias de reformulación integrados en el flujo de trabajo.

Pay Band Builder Salary Range Publisher JD Writer
Trabajo residual del empleador

La prohibición de preguntar sobre el historial retributivo (artículo 5, apartado 2) es una cuestión de proceso de RR. HH. y formación de reclutadores, no un resultado de la plataforma. Vareqa puede proporcionar plantillas de política listas para el asesor jurídico y notas de orientación para entrevistadores, pero la prohibición del historial retributivo requiere disciplina en la política de RR. HH. y, en algunas jurisdicciones, registros de formación de reclutadores como prueba.

Art. 6
Fijación y progresión retributiva
Transparencia en la fijación y la progresión retributiva
Los empleadores deben poner a disposiciónde forma fácilmente accesible para los trabajadores los criterios utilizados para determinarla retribución, los niveles retributivos y la progresión retributiva. Los criterios deben ser objetivos y neutros en cuanto al género. Los Estados miembros pueden eximir a los empleadores con menos de 50 trabajadores de la parte relativa a la progresión.
Vareqa habilita
Qué dice el artículo

Artículo 6, apartado 1: los empleadores deben poner a disposición de los trabajadores, de forma fácilmente accesible, los criterios utilizados para determinar la retribución, los niveles retributivos y la progresión retributiva de los trabajadores. Esos criterios deben ser objetivos y neutros en cuanto al género.

Artículo 6, apartado 2: los Estados miembros pueden eximir a los empleadores con menos de 50 trabajadores del elemento de progresión retributiva.

El considerando 35 aclara que progresión retributiva significa «cómo asciende un trabajador a un nivel retributivo superior» e incluye el desempeño individual, el desarrollo de competencias y la antigüedad.

Cómo contribuye Vareqa

La determinación retributiva está completamente cubierta: REF™ es la metodología, el módulo WIF Documentation la publica en formato accesible para el empleado y el Pay Band Builder aporta la lógica del nivel salarial vinculada a cada grado.

La progresión retributiva está parcialmente cubierta. Vareqa pone de manifiesto la geometría de la progresión (cómo se relacionan los grados, las bandas y los movimientos dentro de la banda), pero loscriterios concretos que el empleador utiliza para mover a alguien dentro de una banda (valoraciones de desempeño, umbrales de antigüedad, adquisición de competencias) son decisiones de política de RR. HH. que Vareqa documenta pero no redacta.

WIF Documentation Pay Band Builder
Trabajo residual del empleador

La política de progresión retributiva debe ser redactada por el empleador. Vareqa documenta y publica los criterios de progresión declarados por el empleador, los pone a disposición de los empleados a través del módulo WIF Documentation y los somete a pruebas de neutralidad de género a petición del empleador. Pero la política subyacente (las normas que rigen el movimiento dentro y entre bandas) es una decisión de diseño de RR. HH. que debe tomar el Director de RR. HH., el responsable de Retribución Total o el Comité de Compensación. Los empleadores con menos de 50 trabajadores pueden quedar exentos de esta parte por su Estado miembro, artículo 6, apartado 2, pero la mayor parte del perfil de cliente ideal de Vareqa supera el umbral.

Art. 7
Derecho de información
Derecho de información del trabajador
Los trabajadores pueden solicitar, por escrito, sunivel retributivo individual y losniveles retributivos medios desglosados por sexo para las categorías de trabajo comparable. El empleador debe responderen un plazo de 60 días. Los empleados deben ser informados de este derecho anualmente.
Vareqa cumple
Qué dice el artículo

Artículo 7, apartado 1: los trabajadores tienen derecho a solicitar, por escrito, su nivel retributivo individual y los niveles retributivos medios desglosados por sexo para las categorías de trabajadores que realicen el mismo trabajo o un trabajo de igual valor.

Artículo 7, apartado 2: los trabajadores podrán actuar a través de representantes o del organismo de igualdad. Cuando la respuesta sea inexacta o incompleta, los trabajadores tendránderecho a aclaraciones adicionales.

Artículo 7, apartado 3: los empleadores deben informar a los trabajadores de este derechoanualmente.

Artículo 7, apartado 4: los empleadores deben responder en un plazo razonable y, en todo caso,en un plazo de dos meses desde la solicitud.

Artículo 7, apartado 5: las cláusulas contractuales de confidencialidad retributiva están prohibidas.

Cómo cumple Vareqa este requisito

El módulo de informe del derecho de información del empleado está diseñado específicamente para dar cumplimiento al artículo 7. Para un empleado concreto, genera:

  • Su nivel retributivo individual (bruto anual y bruto por hora, conforme al artículo 3, letra b)).
  • Los niveles retributivos medios para su categoría de grado REF™, desglosados por sexo, conforme al artículo 7, apartado 1.
  • La justificación factor por factor de su grado, vinculada a los criterios del artículo 4, apartado 4.
  • En el idioma del empleado (10 soportados, incluidos todos los principales idiomas laborales de la UE).

Seguimiento automático del plazo de 60 días. Pista de auditoría conservada. La notificación anual de este derecho (artículo 7, apartado 3) es un activador de flujo de trabajo configurable.

DITE del empleado Salida multilingüe Pista de auditoría
Una nota sobre el ciclo de aclaración

El artículo 7, apartado 2, otorga a los trabajadores el derecho a solicitaraclaraciones adicionales si la respuesta es inexacta o incompleta. El ciclo de aclaración es compatible con el Vareqa Workbench, pero la respuesta de fondo (si se revisa el grado, se impugna la solicitud o se escala) sigue siendo una decisión de RR. HH. Vareqa produce la base probatoria para ese juicio; la decisión corresponde al empleador.

Art. 8
Accesibilidad
Accesibilidad de la información para personas con discapacidad
La información compartida en virtud de los artículos 5, 6 y 7 debe facilitarse en un formatoaccesible para las personas con discapacidad, teniendo en cuenta sus necesidades particulares.
Vareqa habilita
Qué dice el artículo

Artículo 8: toda la información facilitada en virtud de los artículos 5, 6 y 7 debe presentarse en un formato accesible para las personas con discapacidad, teniendo en cuenta sus necesidades particulares. El considerando 37 hace referencia al tamaño de fuente adecuado, el contraste suficiente y los formatos alternativos, y remite a la Directiva (UE) 2016/2102 sobre accesibilidad web en el sector público.

Cómo contribuye Vareqa

La interfaz de usuario de la plataforma Vareqa y los resultados que genera (informes DITE, documentación WIF, ofertas de empleo) están diseñados según las normas WCAG 2.1 AA: contraste suficiente, tipografía escalable, HTML semántico y compatibilidad con lectores de pantalla. Los informes pueden exportarse en formatos (PDF/UA, HTML etiquetado) compatibles con tecnología de apoyo.

Trabajo residual del empleador

Cuando un empleado concreto requiera un formato no predeterminado (por ejemplo, braille, copia impresa en letra grande o audio traducido), el empleador es responsable de producir ese ajuste específico. Vareqa proporciona el documento fuente accesible; la adaptación a las necesidades de un individuo concreto es un proceso de RR. HH.

Art. 9
Reporting de brecha salarial
Reporting sobre la brecha salarial entre trabajadoras y trabajadores
Los empleadores de 100 o más trabajadores deben comunicarsiete indicadores específicos de brecha salarial al organismo de supervisión del Estado miembro. La frecuencia de reporting esanual para 250 o más ytrienal para 100-249. Primer ciclo: junio de 2027 (150 o más) o junio de 2031 (100-149).
Vareqa cumple
Los siete indicadores obligatorios del artículo 9, apartado 1
  • (a) La brecha salarial de género.
  • (b) La brecha salarial de género en los componentes complementarios o variables.
  • (c) La brecha salarial de género mediana.
  • (d) La brecha salarial de género mediana en los componentes complementarios o variables.
  • (e) La proporción de trabajadoras y trabajadores que perciben componentes variables.
  • (f) La proporción de trabajadoras y trabajadores en cada cuartil de retribución.
  • (g) La brecha salarial de género entre trabajadores por categoría, desglosada por salario base y componentes variables.

Los indicadores (a) a (f) pueden publicarse; el indicador (g) debe comunicarse a todos los trabajadores y, previa solicitud, a la inspección de trabajo o al organismo de igualdad.

Cómo cumple Vareqa este requisito

Los módulos Pay Gap Calculator y Auditoría de equidad retributiva calculan los siete indicadores a partir de una única carga de datos. La metodología:

  • La agrupación por categoría de trabajadores se extrae directamente de los grados REF™ (conforme al artículo 3, letra h)).
  • Regresión MCO con controles por grado, antigüedad y puesto, que separa la brecha salarial ajustada de la no ajustada.
  • Cálculos de distribución por cuartiles y desagregación de componentes variables.
  • Análisis de tendencia interanual una vez cargado un segundo ciclo de reporting.
  • Resultado con formato para presentación directa al organismo de supervisión del Estado miembro.
Pay Gap Calculator Auditoría de equidad retributiva Informe multijurisdiccional
Trabajo residual del empleador

El artículo 9, apartado 6, exige que la direcciónconfirme la exactitud de la información tras consultar a los representantes de los trabajadores, quienes deben tener acceso a la metodología aplicada. Vareqa proporciona la documentación metodológica y la pista de auditoría de cálculo completa; la confirmación de la dirección y la consulta al comité de empresa son procesos del empleador.

Art. 10
Evaluación retributiva conjunta
Evaluación retributiva conjunta
Se activa cuando el reporting muestra unadiferencia de al menos el 5 % en la retribución media entre trabajadoras y trabajadores en cualquier categoría, el empleador no la ha justificado con criterios neutros en cuanto al género y no la ha subsanadoen un plazo de seis meses. Debe llevarse a cabo un análisis estructurado en cooperación con los representantes de los trabajadores.
Vareqa cumple
Cuándo se activa el umbral

El artículo 10, apartado 1, establece tres condiciones acumulativas:

  • El reporting del artículo 9 muestra una diferencia deal menos el 5 % en la retribución media en cualquier categoría de trabajadores.
  • El empleadorno ha justificado esa diferencia en criterios objetivos y neutros en cuanto al género.
  • El empleadorno ha subsanado esa situación en un plazo de seis meses desde la presentación del informe.

Si las tres condiciones se cumplen, debe llevarse a cabo una evaluación retributiva conjunta con los representantes de los trabajadores.

Qué debe contener la evaluación (artículo 10, apartado 2)
  • Proporción de trabajadoras y trabajadores en cada categoría.
  • Niveles retributivos medios de mujeres y hombres y componentes variables por categoría.
  • Cualquier diferencia en la retribución media por categoría.
  • Las razones, basadas en criterios objetivos neutros en cuanto al género, establecidas conjuntamente con los representantes.
  • Las medidas adoptadas para subsanar cualquier diferencia injustificada.
Cómo cumple Vareqa este requisito

El módulo Auditoría de equidad retributiva marca automáticamente los activadores del artículo 10 en cada ciclo de reporting. Cuando se activa el umbral, el flujo de trabajo de evaluación retributiva conjunta (en desarrollo activo, previsto para la versión del segundo trimestre de 2026) produce el análisis estructurado de cinco puntos exigido por el artículo 10, apartado 2, que incluye:

  • Desglose por categoría con proporción, retribución media y análisis de componentes variables.
  • Informe de justificación retributiva dentro de banda que pone de manifiesto los puestos, antigüedades y factores de desempeño concretos que explican cualquier brecha.
  • Un módulo de seguimiento de medidas correctoras que registra las medidas propuestas, el calendario de implantación y la verificación del cierre.

El carácter conjunto de la evaluación, incluida la consulta del empleador con los representantes de los trabajadores, está respaldado por la pista de auditoría y las capacidades de vista compartida de Vareqa, pero la propia conversación es un proceso de gobernanza que corresponde al empleador.

Auditoría de equidad retributiva Justificación dentro de banda Alerta de activación del Art. 10
Umbrales de reporting y fechas del primer ciclo
El reporting del artículo 9 se aplica a los empleadores de 100 o más trabajadores, escalonado por tamaño. Estas fechas están fijadas por la Directiva y no quedan a discreción de los Estados miembros, aunque algunos puedan adelantarlas. Este es el calendario que debe reflejar su agenda de cumplimiento.
Tamaño del empleador
Primer ciclo de reporting
Frecuencia
250 o más trabajadores
Artículo 9, apartado 2
Antes del 7 de junio de 2027, relativo al año natural 2026.
Anualmente a partir de entonces.
150 a 249 trabajadores
Artículo 9, apartado 3
Antes del 7 de junio de 2027, relativo al año natural 2026.
Cada tres años.
100 a 149 trabajadores
Artículo 9, apartado 4
Antes del 7 de junio de 2031, relativo al año natural 2030.
Cada tres años.
Menos de 100 trabajadores
Artículo 9, apartado 5
Voluntario. Los Estados miembros pueden legislar al respecto.
No es obligatorio a nivel de la Directiva.
Capítulo III · Artículos 14 a 23
Vías de recurso y aplicación
Aquí reside la fuerza ejecutiva de la Directiva. Carga de la prueba, compensación, sanciones y protección frente a represalias. Estos artículos no crean obligaciones a escala de plataforma, pero la prueba de Vareqa es lo que ancla la defensa del empleador.
Art. 18
Carga de la prueba
Inversión de la carga de la prueba
En cualquier procedimiento administrativo o judicial sobre discriminación retributiva,cuando el empleador no haya cumplido con los artículos 5, 6, 7, 9 o 10, la carga de la prueba recae en el empleador para demostrar que no ha habido discriminación. La excepción «manifiestamente involuntaria y de escasa importancia» tiene un alcance limitado.
Vareqa habilita
Por qué este artículo importa más de lo que parece

Esta es la disposición que convierte una carencia de transparencia en exposición jurídica directa. Si el empleador no puede aportar la metodología del artículo 4, la horquilla retributiva del artículo 5, la respuesta del artículo 7, el informe del artículo 9 o la evaluación del artículo 10 en un procedimiento, la carga de probar que no se ha producido discriminación recae en el empleador. Es el reverso jurídico de la posición habitual del empleador.

El considerando 52 cita el asunto C-109/88, en el que el Tribunal de Justicia declaró que «cuando un sistema retributivo carece totalmente de transparencia, la carga de la prueba debe trasladarse al demandado, con independencia de que el trabajador haya acreditado una apariencia de buen derecho». La Directiva codifica ahora dicho principio.

Cómo contribuye Vareqa a la defensa

La pista de auditoría completa de Vareqa es lo que permite al empleador cumplir con la carga de la prueba invertida. Para cada grado, cada decisión retributiva y cada respuesta al artículo 7, la plataforma conserva:

  • La valoración propuesta por la IA y su justificación factor por factor.
  • Cualquier corrección humana, con identidad del usuario y marca temporal.
  • La versión de la metodología REF™ vigente en el momento de la decisión.
  • Las presentaciones del informe del artículo 9 y los cálculos justificativos.
  • Las copias fechadas de las bandas retributivas publicadas en virtud del artículo 5.

Esta es la base probatoria que el asesor jurídico presenta en el procedimiento. El argumento jurídico corresponde al letrado; la prueba es lo que Vareqa garantiza que existe.

Pista de auditoría Historial de versiones Dossier informativo para el asesor jurídico
Una advertencia: la excepción «manifiestamente involuntaria y de escasa importancia» del artículo 18, apartado 2, está redactada de forma restrictiva. Es probable que la jurisprudencia la interprete de manera estricta. Un empleador que invoque la excepción para justificar un incumplimiento en la presentación del artículo 9 o una solicitud sin respuesta del artículo 7 no puede esperar prosperar. La postura práctica es cumplir cada obligación de los artículos 5 a 10 y tratar el artículo 18 como la consecuencia de cualquier incumplimiento.
Art. 20
Protección frente a represalias
Protección contra la victimización y las represalias
Los trabajadores que ejerzan o intenten ejercer sus derechos en virtud de la Directiva estánprotegidos frente a cualquier trato adverso. La protección es amplia e incluye a representantes, testigos y quienes apoyen una denuncia.
Fuera del alcance
Qué dice el artículo

Los trabajadores y sus representantes están protegidos frente al trato adverso, incluidos el despido, el traslado o cualquier perjuicio, como reacción ante cualquier intento de ejercer un derecho de la Directiva, interponer una denuncia o participar en procedimientos. De conformidad con el considerando 58, esta protección debe interpretarse en sentido amplio y se extiende a los testigos.

Por qué esta no es una obligación de la plataforma

La protección frente a represalias es una cuestión de conducta del empleador y de política de RR. HH., no un resultado de software. Vareqa conserva la pista de auditoría de las solicitudes al amparo del artículo 7 de un trabajador y las respuestas facilitadas, que pueden servir de prueba en un litigio por represalias, pero la obligación de fondo (no represaliar) es una cuestión de política de RR. HH., formación de directivos y capacidad de investigación interna.

Art. 22
Compensación
Compensación o reparación
Los trabajadores que sufran discriminación retributiva por razón de género tienen derecho a unacompensación íntegra, incluidas las diferencias salariales adeudadas, las primas, los pagos en especie, las oportunidades perdidas, los daños no patrimoniales y los intereses.Los Estados miembros no podrán fijar un límite máximo.
Vareqa habilita
Qué dice el artículo

Compensación íntegra, sin límite. Incluye las diferencias salariales adeudadas, todas las primas o pagos en especie relacionados, la compensación por oportunidades perdidas (por ejemplo, acceso a prestaciones que dependen del nivel retributivo), los daños no patrimoniales (por ejemplo, el perjuicio derivado de la infravaloración del trabajo) y los intereses. El considerando 50 hace referencia a factores interseccionales que pueden incrementar la compensación debida.

Cómo contribuye Vareqa

Los cálculos de compensación dependen de una visión histórica precisa de los niveles retributivos, la ubicación en bandas y los momentos concretos en que se inició y concluyó la discriminación. El historial de versiones de Vareqa de bandas salariales, respuestas DITE y decisiones de grado proporciona la base probatoria para ambas partes de un litigio sobre compensación: la defensa del empleador sobre cuándo y por qué se tomó una decisión, y la reclamación del empleado sobre el alcance de la reparación.

El Informe de justificación retributiva dentro de banda también puede poner de manifiesto, en el momento de revisión de la política, qué ubicaciones concretas en bandas pueden estar expuestas a una reclamación al amparo del artículo 22, lo que permite una remediación proactiva antes de que surja un litigio.

Historial de versiones Justificación dentro de banda
Trabajo residual del empleador

La determinación de la compensación es un proceso jurídico y judicial. Vareqa conserva la prueba que fundamenta la determinación; el cálculo, la negociación y el acuerdo son competencia del letrado del empleador.

Art. 23
Sanciones
Sanciones por incumplimiento
Los Estados miembros deben establecersanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias que incluyanmultas basadas en el volumen de negocios bruto anual o en la masa salarial total. Las sanciones específicas por infracciones reiteradas pueden incluirla exclusión de la contratación pública.
Fuera del alcance
Qué dice el artículo

Las sanciones deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias. Las multas pueden basarse en el volumen de negocios bruto anual o en la masa salarial total. Los factores agravantes incluyen la discriminación interseccional y las infracciones reiteradas. Según el considerando 56, las sanciones por reincidencia pueden incluir la revocación de beneficios públicos y la exclusión de licitaciones públicas.

Los niveles concretos de las multas son fijados por cada Estado miembro en la transposición. Varios Estados miembros han indicado multas de hasta el 3 % del volumen de negocios anual mundial para las infracciones más graves o reiteradas.

Por qué esta no es una obligación de la plataforma

El artículo 23 va dirigido a los Estados miembros, no a los empleadores. El equivalente para los empleadores es la consecuencia del incumplimiento de las obligaciones de transparencia subyacentes de los artículos 5 a 10. El papel de Vareqa es garantizar que se cumplan esas obligaciones; el régimen sancionador es un panorama jurídico que el asesor jurídico del empleador debe mapear en cada jurisdicción de operación.

Exhaustividad
Qué no pretende cubrir Vareqa
La Directiva tiene 34 artículos. La matriz anterior cubre los artículos que crean obligaciones operativas para los empleadores y en los que Vareqa es relevante. Los artículos siguientes quedan fuera del perímetro de software de Vareqa por diseño, y se señalan aquí para que un asesor jurídico que revise esta matriz pueda confirmar que el alcance es honesto.
Art. 11
Protección de datos
Tratamiento y divulgación de datos personales
Cualquier dato personal tratado en virtud de los artículos 7, 9 o 10 debe cumplir el RGPD y no debe utilizarse para ningún fin distinto de la aplicación del principio de igualdad retributiva. Un Delegado de Protección de Datos o un asesor externo se encarga de esto; Vareqa cumple el RGPD por diseño, pero no redacta Evaluaciones de Impacto en la Protección de Datos (EIPD) en nombre del empleador.
Fuera del alcance
Art. 12
Negociación colectiva
Diálogo social
Los Estados miembros deben alentar a los interlocutores sociales a abordar la igualdad retributiva en la negociación colectiva. Esta es una obligación del Estado miembro, no del empleador, y queda fuera del ámbito de una plataforma de software.
Fuera del alcance
Arts. 13 a 17
Procedimiento legal
Acceso a la justicia, organismos de igualdad y procedimiento de aplicación
Regulan la defensa de derechos, los procedimientos en nombre de los trabajadores, el papel de los organismos de igualdad y el derecho a compensación en los tribunales. Estos artículos constituyen el proceso legal de la Directiva. La pista de auditoría de Vareqa respalda la postura probatoria; el procedimiento en sí es competencia del letrado.
Fuera del alcance
Art. 19
Prescripción
Plazos de prescripción
Los Estados miembros deben fijar un plazo de prescripción de al menos tres años para interponer una reclamación al amparo de la Directiva. Se trata de una cuestión jurídica jurisdiccional, no de una función de la plataforma.
Fuera del alcance
Art. 21
Costas judiciales
Costas legales y judiciales
Los tribunales nacionales pueden eximir del pago de costas al demandante que no haya prosperado cuando la reclamación fuera razonable. Regula el procedimiento judicial, no las operaciones del empleador.
Fuera del alcance
Arts. 24 a 34
Disposiciones finales
Contratación pública, cláusulas horizontales, supervisión, transposición
Regulan la exclusión de contratos públicos por incumplimiento (artículo 24), las cláusulas de no regresión, los organismos de supervisión de los Estados miembros, las estadísticas, el reporting a la Comisión y el plazo de transposición del 7 de junio de 2026. Son obligaciones marco para los Estados miembros, no obligaciones operativas para los empleadores.
Fuera del alcance
La auditoría de riesgo de cumplimiento
Descubra en qué artículos estáya expuesto.
Una auditoría estructurada de 30 minutos con un especialista de Vareqa. Recorre cada uno de los artículos operativos anteriores con su organización e identifica los puntos de exposición concretos. Sin demostración de la plataforma a menos que la solicite. Realizada con la misma metodología que produce el dossier informativo para el asesor jurídico.
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